Ayudas a la compra de vivienda protegida (compra)
- Descripción:
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- Préstamo convenido por cuantía máxima del 80% del valor escriturado de la vivienda (incluyendo garaje y trastero si estuviesen vinculados) y plazo de amortización mínimo de 25 años. El tipo de interés podrá ser variable (euribor+0,25-1,25) o fijo (el establecido, en su caso, por el Ministerio de Vivienda).
- Subsidiación de las cuotas durante los primeros cinco años del préstamo convenido (prorrogable por otros dos periodods de cinco años si se cumplen las condiciones) a razón de una cantidad de euros anuales por cada fracción de 10.000 euros de préstamo convenido. Se establecen subsidiaciones reforzadas para colectivos de especial protección.
- Requisitos:
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- Ser mayor de edad.
- Figurar inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- No haber formalizado préstamo convenido ni haber obtenido ayudas de los Planes de Vivienda estatales o autonómicos para la compra de vivienda protegida en los diez años anteriores a la solicitud actual.
- No ser titular del pleno dominio ni disponer del derecho del uso o disfrute de otra vivienda protegida (salvo que resulte inadecuada según la normativa autonómica) o libre, salvo que el interesado se haya visto privado de su uso por causas no imputables a él o que el valor de la vivienda, de acuerdo con la normativa de Transmisiones Patrimoniales, no exceda del exceda del 40% del precio de la vivienda que se pretende adquirir o del 60% en los supuestos de mayores de 65 años, víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, familias numerosas, familias monoparentales con hijos, personas dependientes o con discapacidad y las familias que las tengan a su cargo, y separados o divorciados.
- Acreditar que la actividad laboral constituye la actividad principal del solicitante y disponer de solvencia económica suficiente para acceder al préstamo hipotecario. En cualquier caso, se exigirán ingresos mínimos de 1 vez IPREM y máximos de hasta 7 veces IPREM (hasta el 31 de diciembre de 2010) según el tipo de vivienda protegida de que se trate. En el caso de que los ingresos fueran inferiores a 1 IPREM deberá acreditarse emancipación laboral ante la Dirección General de Vivienda del Gobierno de La Rioja.
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Ayuda al alquiler a las familias que pierdan su vivienda habitual (alquiler)
- Descripción:
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El 50% de la renta del alquiler con un máximo de 250 euros mensuales durante un periodo máximo de dos años.
- Requisitos:
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- Pérdida de la vivienda habitual posterior a fecha 1 de enero de 2009 por imposibilidad de pago derivada de una alteración sustancial de la situación económica o laboral de la unidad familiar , sobrevenida y ajena a su voluntad.
- Que la unidad familiar tenga dos o más miembros.
- No cumplir los requisitos para ser beneficiario de la Renta Básica de Emancipación o de las Ayudas a Inquilinos del Plan de Vivienda 2009-2012 o, aun cumpliéndolos, no poder beneficiarse de esas ayudas por exceso de cupo.
- Que los ingresos familiares no excedan de 2,5 veces IPREM.
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Ayudas a inquilinos (alquiler)
- Descripción:
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- Ayuda al inquilino para que no realice un esfuerzo económico por el pago del alquiler superior al 25% de su renta (20% en el caso de jóvenes, familias numerosas o con dependientes a cargos, discapacitados, arrendatarios con ingresos inferiores a 1,5 veces IPREM), siempre que el importe del alquiler no supere el 60% de sus ingresos. Esta ayuda se concede por dos años.
- Requisitos:
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- El inquilino no podrá ser titular de otra vivienda.
- Deberá acreditarse que la actividad laboral constituye la actividad principal de los beneficiarios.
- No podrá existir parentesco por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo entre el arrendador y cualquiera de los arrendatarios.
- Que los ingresos de los arrendatarios se encuentren entre 1 y 2,5 veces IPREM para la ayuda estatal y para la Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja. En el caso de ingresos por debajo de 1 IPREM podrá acreditarse emancipación laboral.
- No ser beneficiario ni cumplir los requisitos exigidos para ser beneficiario de la Renta Básica de Emancipación.
Alquiler con opción a compra (alquiler, compra)
- Descripción:
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- Ayuda por importe del 50% de la renta de alquiler con un maximo de 250 euros mensuales. Se reconocerá por un periodo máximo de dos años.
- Perdida de la vivienda habitual, despues del 1/01/2009 por imposibilidad de pago derivada de una alteración sustancial de la situación económica o laboral de la unidad familiar, sobrevenida y ajena a su voluntad.
- Ayuda al alquiler con opción a compra a 5 años: limitación de la renta de alquiler a 3,3 € mensuales por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con un máximo de 90 metros cuadrados, en cualquier municipio de La Rioja.
Rentas máximas mensuales a pagar por los inquilinos 450 euros
Subvención al inquilino de hasta el 40% de la renta satisfecha por el inquilino con un máximo de 3.200 euros anuales
Ayuda para que el esfuerzo de los inquilinos no supere el 25% de sus ingresos durante 5 años (20% en el caso de jóvenes, rentas inferiores a 1,5 IPREM, personas con discapacidad y familias numerosas)
- Requisitos:
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Alquiler con opción a compra a 5 años:
- Ser beneficiario de la ayuda estatal (excepto en el tramo de
ingresos entre 2,5 y 3,5 IPREM).
- Que el importe del alquiler no supere el 60% de los ingresos.
- 5 años (2 años renovable por otros 3)
Alquiler con opción a compra a 10 años:
- Ingresos máximos del inquilino: 2,5 IPREM a la fecha de la presentación de la solicitud
- No cumplir requisitos para ser beneficiario de la renta basica de emancipacion ni ayudas a inquilinos del plan de vivienda o, cumpliéndolos, no poder obtenerlas por excedente de cupo.
- Existencia de unidad familiar de 2 ó mas miembros.
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Préstamo para la compra de vivienda para su puesta en alquiler protegido (compra)
- Descripción:
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- Cuantía del préstamo: el resultado de descontar al precio máximo de venta de viviendas y anejos el importe de las subvenciones a fondo perdido.
- Subsidiación del tipo de interés: 1% efectivo anual (0,99% nominal con vencimientos mensuales) a lo largo de toda la vida del préstamo cualificado con el límite máximo de 20 años.
- Subvenciones:
a) un mínimo de 10.000 euros por vivienda para renta de viviendas de protección oficial en alquiler a 15 años y un mínimo de 20.000 euros por vivienda si se pone en alquiler a 50 años.
b) Un mínimo de 18.000 euros viviendas de protección oficial de régimen especial en alquiler durante 15 años y un mínimo de 20.000 euros por vivienda por vivienda si se pone en alquiler a 50 años.
- Requisitos:
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- Alquilar la vivienda durante 15 años como mínimo, con una renta de viviendas de protección oficial de régimen especial o que no superen el 75% de las previstas para viviendas de protección oficial de régimen general.
Reducción del IBI
- Descripción:
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Ayuda de 60 euros anuales en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a las familias cuya vivienda habitual tiene un valor catastral inferior a 10.001 euros. Entrará en vigor a partir del 2012.
Deducción por inversión en vivienda habitual de nueva construcción (compra)
- Descripción:
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El importe de la deducción es del 7,5% en el tramo autonómico del IRPF de las cantidades satisfechas en el año, sobre un máximo de 9.040 euros durante los cinco primeros años de la hipoteca, lo que supone 1.356 euros anuales a las bases imponibles de hasta 24.107,20 euros, límite en el que se deja de tener derecho a desgravar.
- Requisitos:
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- Viviendas construidos entre el 1 de septiembre de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.
Préstamo convenido (alquiler)
- Descripción:
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- Valor: 80% del precio de venta (vivienda + garaje + trastero viculados, dependiendo de la cantidad de inquilinos, incluyendo animales).
- Tipo de interés fijo o varaible
- Periodo mínimo de amortización: 25 años
- Cuotas constantes
- Sin comisiones
- Requisitos:
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- Ingresos no superiores al 6,5 del IPREM.
- La superficie útil no puede superar los 90 metros cuadrados.
Subsidiación del préstamo (compra)
- Descripción:
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Ingresos Familiares
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General
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Familias numerosas
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Hasta 2,5 veces el IPREM
(Vivienda Régimen Especial, General y Usada)
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82 € por cada 10.000 € de préstamo durante 10 años. |
132 € por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años. |
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De 2,5 a 3,5 veces el IPREM
(Vivienda Régimen General y Usada)
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48 € por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años. |
78 € por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años. |
- Requisitos:
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- Formalizar el préstamo convenido.
- No haber obtenido financiación de los planes de vivienda en los últimos 10 años.
- Ingresos mínimos anuales de 3.000 euros.
- No tener ni haber tenido ninguna vivienda en propiedad.
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Subsidiación del préstamo (compra)
- Descripción:
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Con carácter general:
- Igual o mayor a 2,5 veces el IPREM: 100 €/anuales por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años renovables otros 2 periodos de 5 años.
- Igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: 80 €/anuales por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años renovables otros 2 periodos de 5 años.
- Igual o mayor a 4,5 veces el IPREM: 60 €/anuales por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años renovables otros 2 periodos de 5 años.
Con carácter específico (familias numerosas, monoparentales con hijos, dependientes o discapacitados y familias que los cuidan):
- Igual o mayor a 2,5 veces el IPREM: 155 €/anuales (100 + 55) por cada 10.000 € de préstamo durante los 5 primeros años.
- Igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: 113 €/anuales (80 + 33) o 93 €/anuales (60 + 33)por cada 10.000 € de préstamo durante los 5 primeros años.
- Requisitos:
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- Tener unos ingresos familiares que no excedan de 4,5 veces el IPREM.
- No haber sido titulares nunca de una vivienda en propiedad (deben acceder a una vivienda por primera vez).
- Disponer de unos ingresos familiares mínimos que exijan, en su caso, las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
- No ser titulares de una vivienda libre que exceda del 40% del precio de la vivienda para la que se solicita la ayuda.
- No haber obtenido ayudas financieras ni un préstamo convenido para el mismo tipo de actuación, al amparo de planes estatales o autonómicos de vivienda, durante los diez años anteriores a la solicitud actual.
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