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Ayudas a la vivienda
Ayuda al inquilino (alquiler)
- Descripción:
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Grupo 1
- Mayores de 36 años en vivienda joven
- Familias en viviendas de precios limitado
- Víctimas de violencia de género y de terrorismo
Hasta 2,5 veces el IPREM: 40% de la renta anual.
De 2,5 a 3,5 veces el IPREM: 35% de la renta anual.Grupo 2
- Mayores de 65 años
- Familias monoparentales, numerosas, con parto múltiple y adopción simulténea
- Unidades familiares con un discapacitado
- Emigrantes retornados
Hasta 2,5 veces el IPREM: 35% de la renta anual.
De 2,5 a 3,5 veces el IPREM: 30% de la renta anual.Grupo 3
- Otros beneficiarios
Hasta 2,5 veces el IPREM: 30% de la renta anual.
De 2,5 a 3,5 veces el IPREM: 25% de la renta anual.Límite anual: 3.200 euros.
- Requisitos:
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- No tener parentesco en primer o segundo grado con el propietario.
- Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente.
- No ser propietario de una vivienda protegida o libre.
Préstamo convenido (compra)
- Descripción:
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- Valor: 80% del precio de venta.
- Periodo mínimo de amortización: 25 años.
- Tipo de interés: revisable anualmente.
- Requisitos:
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- Válido para Vivienda Protegida de Nueva Construcción.
- Que los ingresos no superen:
- Viviendas de Precio General: 4,5 veces el IPREM.
- Viviendas de Régimen Especial: 2,5 veces el IPREM.
- Viviendas en Régimen Concertado: 6,5 veces el IPREM
- Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente.
- No ser propietario de otra vivienda protegida.
Préstamo convenido (compra)
- Descripción:
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- Valor: 80% del precio de venta.
- Requisitos:
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- Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente.
- Ingresos que no excedan de 2,5 veces el IPREM, para Viviendas de Régimen Especial.
- Ingresos que no excedan de 5,5 veces el IPREM, para Viviendas de Régimen General.
- No ser titulares de otra vivienda protegida o libre.
- Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente.
Subsidiación del préstamo (compra)
- Descripción:
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Cuantía general: por cada 10.000 € de préstamo
- Igual o superior a 2,5 veces el IPREM: 82 €/año durante 10 años
- Igual o superior a 3,5 veces el IPREM: 48 €/año durante 5 años
Cuantía general: en ATPMS y por cada 10.000 € de préstamo
- Igual o superior a 2,5 veces el IPREM: 69 €/año durante 10 años
- Igual o superior a 3,5 veces el IPREM: 40 €/año durante 5 años
Refuerzo familia numerosa: por cada 10.000 € de préstamo
- Igual o superior a 2,5 veces el IPREM: + 50 €/año durante 10 años
- Igual o superior a 3,5 veces el IPREM: + 30 €/año durante 5 años
ATPMS: Ámbito territorial de Precio Máximo Superior.
- Requisitos:
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- La cuantía general para ATPMS sólo es aplicable a Vivienda Usada. El resto podrán ser solicitadas para Vivienda Usada y para Vivienda Protegida.
- No tener ni haber tenido vivienda en propiedad, salvo que:
- No se disponga del derecho de uso o disfrute de la misma.
- Que su valor no exceda del 25% del precio máximo total de venta de la vivienda protegida.
Ayudas al inquilino de renta antigua (alquiler)
- Descripción:
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- Cuantía máxima anual: la diferencia entre el alquiler concertado o de equilibrio y el alquiler justo*.
- Límite: máximo de 2.880 € anuales y mínimo de 20 € mensuales.
*Más información en el enlace situado a la derecha (‘Ver’).
- Requisitos:
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- Mayores de 65 años.
- Tener un contrato de alquiler con prórroga forzosa (anterior al 9 de mayo de 1985).
- Ingresosno superiores a 2,5 veces el IPREM.
Ayudas al alquiler para el grupo especial (alquiler)
- Descripción:
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- Cuantía máxima anual: la diferencia entre el alquiler concertado o de equilibrio y el alquiler justo*.
- Límite: máximo de 2.880 € anuales y mínimo de 20 € mensuales.
- Ayuda incompatible con la Renta Básica de Emancipación.
*Más información en el enlace situado a la derecha (‘Ver’).
- Requisitos:
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- Ser titular de un contrato de alquiler obtenido o supervisado a través de las bolsas de vivienda integradas en la Red de Mediación para el Alquiler Social de la Generalitat de Catalunya.
- Ingresos no superiores a 2,5 veces el IPREM.
Ayudas al alquiler para jóvenes (alquiler)
- Descripción:
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- Cuantía máxima anual: la diferencia entre el alquiler concertado o de equilibrio y el alquiler justo*.
- Límite: máximo de 2.880 € anuales y mínimo de 20 € mensuales.
- Ayuda incompatible con la Renta Básica de Emancipación.
*Más información en el enlace situado a la derecha (‘Ver’).
- Requisitos:
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- Tener hasta 35 años.
- Ser titulares de un contrato de alquiler obtenido o supervisado por:
- Las bolsas de vivienda joven con convenio con la Secretaría General de Juventud.
- La Red de Mediación para el Alquiler Social (bolsas de vivienda).
- Entidades colaboradoras con convenio de colaboración con el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda.
- Ingresos no superiores a 2,5 veces el IPREM.
- Ingresos no inferiores a 5.500 € anuales.
Ayuda para la financiación de la entrada (compra)
- Descripción:
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- Amortización: entre 10 y 20 años.
- Garantía: 2.ª hipoteca.
- Cuantía máxima: 20% del precio de adquisición (vivienda + garaje + trastero vinculados).
- Tipo de interés con revisión anual: EURIBOR + 1,25% vigente en la fecha de formalización.
- Comisión de apertura: 1%.
- Requisitos:
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PRECIO CONCERTADO
- Los ingresos familiares ponderados de los adquirientes no podrán superar 6,5 veces el IPREM y no pueden ser inferiores al 5% del precio de venta.
- No ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda protegida.
- No ser titular de una vivienda libre, cuando el valor de esta vivienda, calculado de acuerdo con la normativa del impuesto sobre transmisiones patrimoniales, supere el 40% del precio total del de la vivienda adquirida.
Ayuda directa a la entrada (compra)
- Descripción:
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Zona A
Zona B
Zona C
Zona D
Con carácter general
9.200€
8.600€
8.300€
8.000€
Jóvenes hasta 35 años
10.200€
9.600€
9.300€
9.000€
Familias numerosas, monoparentales, dependientes o discapacitados y familias que los cuidan13.200€
12.600€
12.300€
12.000€
Mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo y separados o divorciados que pasen una pensión12.200€
11.600€
11.300€
11.000€
Ayudas al alquiler para viviendas de parque público (alquiler)
- Descripción:
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- Cuantía máxima anual: la diferencia entre el alquiler concertado o de equilibrio y el alquiler justo*.
- Límite: máximo de 2.880 € anuales y mínimo de 20 € mensuales.
- Ayuda incompatible con la Renta Básica de Emancipación.
*Más información en el enlace situado a la derecha (‘Ver’).
- Requisitos:
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- Inquilinos de viviendas proporcionadas por Administració, Promoció i Gestió S.A. (ADIGSA), administraciones o empresas públicas de ámbito local o entidades sin ánimo de lucro.
- Ingresos no superiores a 2,5 veces el IPREM.



