¿Qué es específicamente el nudo propietario?
El nudo propietario entraña una serie de especificidades. Cuando en el derecho real de usufructo se disocia el uso y la propiedad de la cosa, al usufructuario se le concede el uso y disfrute de la misma (el derecho a aprovecharse, gestionar y explotar económicamente la misma), y al propietario de la cosa, el simple título de tal y, como tal, se le denomina nudo propietario. Se excluye al propietario de todo derecho de aprovechamiento de la cosa.
Conoce todos los aspectos que entraña una licencia urbanística
La Licencia Urbanística es un acto reglado de la Administración Municipal por el cual, previa comprobación de las condiciones establecidas por la normativa aplicable, se autoriza al solicitante el ejercicio de su derecho preexistente a edificar o a desarrollar determinadas actividades.

Delimitando la finca matriz
¿Has oído alguna vez el término de finca matriz? La finca matriz se refiere a un solar o edificación de la que provienen las fincas o departamentos independientes constituidos a través de la obra nueva y división horizontal de la finca madre (matriz).
Segregación
Para realizar la segregación de un trozo de terreno a partir de una finca matriz, se deberá aportar la siguiente documentación:
- Instancia de solicitud.
- Superficie de la finca matriz (en metros cuadrados).
- Superficie de la finca a segregar (en metros cuadrados).
- Plano de situación donde figure la finca matriz y quede señalado el trozo a segregar.
Ejemplo de solicitud de unidad mínima de cultivo
En la unidad mínima de cultivo, los Ayuntamientos remitirán a la Dirección General de Estructuras Agrarias la siguiente documentación:
- Solicitud del interesado en la que se deberá expresar la superficie de la finca matriz y de la parcela a segregar, así como el objeto de la segregación.
- Documento de propiedad de la finca matriz y, en su caso, de la finca colindante, o de la no colindante cuando se vaya a constituir con la misma una unidad orgánica. Se entenderá que dos fincas no colindantes constituyen una unidad orgánica cuando se inscriben como una sola finca bajo un mismo número en el Registro de la Propiedad.
- Plano o croquis de situación de la finca con indicación de la parcela a segregar.
- Informe de la oficina técnica municipal sobre la calificación del suelo donde se ubica la finca matriz.
- Informe, en su caso, del organismo público cuya actuación produjo la división de la finca rústica y la incomunicación entre los predios resultantes de personas, animales o medios de producción.
¿Qué es el derecho real de garantía?
El derecho real de garantía es aquel mediante el cuál otorgan a su titular un poder real sobre una cosa ajena como garantía del cumplimiento de una obligación, de tal forma que si ésta se incumple, puede el acreedor dirigirse contra la cosa gravada y realizar su valor, para así satisfacer la deuda. En el derecho español existen los siguientes:

- Hipoteca mobiliaria e inmobiliaria
- Prenda con o sin desplazamiento
- Anticresis.
Cuidado con los errores fiscales en la declaración de la renta
Ya podemos pedir los datos de la declaración de la renta del 2011 y los borradores correspondientes, para que la agencia tributaria nos los envíe. No obstante, cuidado con los borradores, pues suelen tener importantes errores, que producen mayores pagos a los contribuyentes.

Hay que recordar que en caso de que existan discrepancias en la declaración presentada y la posible verificación de Hacienda, el contribuyente es el responsable, estando obligado al pago de los correspondientes intereses de demora y la sanción, con independencia de que se haya hecho en la delegación de Hacienda.
Los derechos reales de garantía
Los derechos reales de garantía de un bien otorgan a su titular un poder real sobre una cosa ajena como garantía del cumplimiento de una obligación, de tal forma que si ésta se incumple, el acreedor puede dirigirse contra la cosa gravada y realizar su valor, para así satisfacer la deuda. En el derecho español existen los siguientes:

- Hipoteca mobiliaria e inmobiliaria
- Prenda con o sin desplazamiento
- Anticresis.
El derecho real de prenda
El derecho real de prenda es aquel derecho real sobre la cosa mueble establecido en garantía de una obligación, por cuya virtud se entrega aquella al acreedor o a un tercero, de común acuerdo, con el fin de que quede en su posesión hasta el completo pago del crédito y pueda procederse en caso de incumplimiento a instar la venta de la cosa empeñada, satisfaciendo entonces con su importe las responsabilidades pecuniarias que nazcan de la obligación garantizada.

No se exige ningún requisito de forma para su constitución. Los elementos personales son: el acreedor y el deudor, admitiéndose que este último sea distinto al deudor de la obligación principal.
Qué y cuáles son las cargas de los inmuebles
Las cargas son limitaciones al dominio de un inmueble. Constan en documento público y se inscriben en el Registro de la Propiedad. No todas suponen derechos económicos y son canceladas con la extinción del derecho que representan.
Las cargas son los derechos de un tercero que gravan la propiedad. En consecuencia, si la finca está hipotecada o embargada, al comprarla se subroga en la posición del transferente. Por ello, compre libre de cargas y más si tiene, a su vez, que hipotecar el inmueble. Si existe alguna carga caducada o pendiente de cancelación, inste al transmitente a que la cancele. En otro caso, le corresponderá hacerlo a usted.

Antes de comprar un piso es importante realizar un examen registral. Conviene ir al Registro de la Propiedad donde podemos obtener información sobre la titularidad del inmueble y sus cargas. Esta certificación nos detalla las deudas y obligaciones que pesan sobre el inmueble y el propietario del mismo.
¿A qué se refiere el asiento en temas inmobiliarios?
En pocas palabras, un asiento es una anotación en un libro. Puede tratarse de un asiento contable o un asiento de presentación, anotación, inscripción, cancelación…según el contenido del derecho que se transcribe en el asiento.
El asiento dentro del Registro de la Propiedad es la constatación escrita de un título, hecho, acto o circunstancia en los libros del Registro. Los asientos pueden ser:
- Principales o accesorios, según tengan subsistencia propia o estén al servicio de otros asientos.
- Definitivos o provisionales.
- Positivos o negativos, en función de que declaren o extingan un derecho.
- Del Libro de inscripciones o del Libro Diario, según donde se practiquen.