Actualidad inmobiliaria
¿Qué es la compensación por desistimiento?
En las cláusulas de muchos préstamos hipotecarios aparecen algunos términos que pueden ser difíciles de comprender para las personas que no estén especializadas en estos temas. Uno de ellos, puede ser la compensación por desistimiento.
En muchas ocasiones, se puede confundir con la comisión por amortización anticipada, no obstante, aunque en algunos casos se cobre por el mismo motivo, también se refiere a más conceptos. Se trata de un cobro que grava la entidad al hipotecado si decide cancelar el contrato de la hipoteca, ya sea por subrogación (cambio de banco con el que se tiene la hipoteca) o por adelanto del pago del préstamo hipotecario.
El término de compensación por desistimiento hace referencia a los préstamos y créditos hipotecarios posteriores al 9/12/2007 haciendo referencia de la Ley 41/2007. Normalmente, se suele establecer que sea un porcentaje del 0,50% durante los 5 primeros años de vida del prestamo y el 0,25% a partir del quinto año. Si te quieren cobrar menos estupendo, pero nunca deberás aceptar niveles superiores a esto, pues seguramente encontrarás otras entidades que te ofrezcan estas condiciones.
Es importante conocer el significado de todas las cláusulas que se incluya en el contrato hipotecario antes de firmarlo. Para ello, puedes informarte a través de medios especializados o buscar ayuda profesional.

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