Volver a noticias

El arbitraje puede devolverte tu vivienda en 4 meses

Los atascos de los juzgados son un problema crónico del sistema judicial español. Por eso, otros métodos como el arbitraje de Derecho pueden ser más rápidos y útiles a la hora de recuperar una vivienda alquilada a un inquilino moroso.
  • 13 may 2010
  • |
  • 2 
  • Comentar
  • |
  • Compartir
  • |
  • Imprimir
La rapidez del arbitraje. La rapidez del arbitraje.

&quote; El salto frente a la justicia ordinaria es tremendo. &quote;

Los atascos de los juzgados son un problema crónico del sistema judicial español. Por eso, otros métodos como el arbitraje de Derecho pueden ser más rápidos y útiles a la hora de recuperar una vivienda alquilada a un inquilino moroso. Un proceso efectivo consta de factores partes clave: que la sentencia arbitral se emita en poco tiempo tras la comunicación del caso a la asociación de arbitraje y que se valide por los jueces. Después, de estas dos pautas, el propietario puede recuperar su casa en menos tiempo que si lo hiciera a través de un juicio ordinario, casi en cuatro meses. “Con laudos dictados en un mes y la imposibilidad de recursos que dilaten el proceso, el salto frente a la justicia ordinaria es tremendo”, aseguran desde Arrenta, Asociación para el Fomento del Alquiler y Acceso a la Vivienda.

Asimismo, Arrenta asegura que sus laudos arbitrales son “inapelables y ejecutables” y en el caso de que algunas de las partes se niegue a aceptarlo, éstos serán completamente corroborados por los juzgados. Las principales razones que avalan la validez de las sentencias arbitrales son porque son “laudos de derecho, porque se dictan en el lugar de la finca, porque se atienen a la legislación vigente”, entre otros motivos. Por tanto, en poco tiempo se procederá según proceda al desahucio o el embargo.

Redacción/pisos.com

Comentarios Realizar comentario
  1. sebastian dice:

    El problema no es tener una sentencia de desahucio, el problema es ejecutarla. Es decir, cuando tenemos el laudo por el que se condena a desalojar la casa y no lo hace voluntariamente, entonces qué hacemos.

    Ahi tenemos que presentar demanda ejecutiva en el Juzgado competetente con abogado y procurador y esperar que se hagan todas las notificaciones, etc, y ponernos a la cola para el lanzamiento. Con lo cual estamos igual que si hubieramos ido al Juzgado desde el principio.

    O es que alguien conoce a un moroso que al ver la sentencia se vaya corriendo de la casa. Todos esperan a que vaya el juzgado con la policia a desalojarles.

  2. Serigne dice:

    Hola este comentario es para todos somos hijo somos pdre ohija o madre abuvelo yabuvela entoce tenemos que pensar
    bien lo que estamos viviendos¡¡ hay que pensar cuando nacenos nade no traido vestido ni llevarlo donde vamos al final
    puedomos vender muchos cossas exepte la terra este una
    pensamiento muy grande (koulou nafsin sahijatoul maoti ).

Envía tu comentario